Bienes de baja

Con la necesidad de regularizar la transferencia de los bienes dados de baja, y de acuerdo al Artículo Nº 70 letra d) de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que indica "La disposición de los bienes muebles dados de baja se efectuará mediante remate público. No obstante, en casos calificados, la Gobernadora podrá, con acuerdo de los dos tercios del Consejo Regional, donar tales bienes o darlos en comodato a instituciones publicas o privadas sin fines de lucro que operen en la región".

Nuestra institución pone a disposición de la comunidad los siguientes Bienes de Baja, clic aqui para detalle de equipos. El plazo para postular vence 19/01/2022.

Cualquier duda comuníquese a tesoreria@gorecoquimbo.cl

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Ordinario N° 773 para Donación de Bienes Dados de Baja (454 KB)